SIN LIBERTAD Y JUSTICIA: NO HAY ESTADO, NI DEMOCRACIA


Las generaciones de ciudadanos de una nación, viven realidades diferentes, lo que obliga a que el derecho se entienda con la comprensión de sus vivencias, sin que ello implique abandonar las premisas fundamentales de un estamento jurídico que se ha forjado a través de los años.



sábado, 27 de septiembre de 2014

Programa Tutela de la Ejecución Judicial

Universidad Católica Andrés Bello
Dirección General de Postgrado
Area de Derecho
Especialidad en Derecho Procesal Civil
Materia: Tutela de la Ejecución Judicial
Profesor: Miguel Angel Martin T.
profmiguelangelmartint.blogspot.com/

PROGRAMA
 Objetivos Generales:
Que el cursante esté en capacidad de estudiar, distinguir, precisar, demostrar y aprender los lineamientos clásicos y modernos de la tutela de la ejecución judicial y las formas como se presenta en el ordenamiento procesal.

En este orden, el programa pretende entre otros objetivos, los siguientes:

A)    Explicar: que la estructura del proceso se suele organizar en torno a dos fases, La fase declarativa y la fase ejecutiva y la evolución de la tutela de esa ejecución.
B)    Demostrar: que la ejecución de sentencia es una etapa esencial del proceso para el cumplimiento de sus fines.
C)    Estudiar: que la ejecución procesal constituye en esencia un cumulo de actividades destinadas a convertir en realidad practica la sentencia.
D)    Examinar: los aspectos doctrinales, procesales y prácticos de la ejecución judicial.
E)    Puntualizar: las claves constitucionales y legales de la ejecución procesal en nuestro ordenamiento jurídico.
F)     Revisar: el proceso de ejecución en procedimientos especiales ejecutivos, posesorios y constitucionales.
G)    Precisar: La tutela de la ejecución para satisfacer intereses sustanciales.

Evaluación: El sistema de evaluación es continuo y acumulativo; consiste en la preparación del contenido por medio de trabajos de investigación resumidos, que serán objeto de disertación en forma individual y en trabajos de grupo.  

Unidad I
LA EJECUCION PROCESAL: 1. En que consiste la tutela de la ejecución judicial. Su Base Constitucional. 2. La ejecución de sentencia y la satisfacción de los intereses jurídicos. 3. La función jurisdiccional y la función administrativa. 4. Función y finalidad de la ejecución. 4. El principio de un proceso debido en la fase de ejecución de sentencia. 5. El derecho al juez natural, el derecho a la defensa y el derecho a la ejecución. 6. La definitividad de la sentencia como presupuesto para la ejecución judicial. 7. La seguridad jurídica y la cosa juzgada. 8. La sentencia vinculante. 9. La motivación y congruencia de la sentencia.

Unidad II. LAS MEDIDAS CAUTELARES Y SU RELACION CON LA EJECUCION PROCESAL: 1. Alcance y finalidad. 2. Conexión con la ejecución de sentencias. 3. Características de las medidas: Jurisdiccionalidad, Inaudita alteran parte, De derecho estricto, Instrumentalidad: mediata e inmediata, Provisionalidad, Variabilidad, Revocabilidad, Urgencia y Autonomía. 4. Tutela cautelar anticipada. 5. Acuerdos Internacionales sobre el poder cautelar. 6. Clasificación de las medidas cautelares: 6.1. Medidas cautelares típicas o nominadas. 6.2. Embargo. 6.3. Secuestro. 6.4. Prohibición de Enajenar y Gravar. 6.5. Medidas cautelares  atípicas o innominadas. 7. Requisitos de las medidas cautelares. 8. Procedimiento de las medidas y recursos. 9. Medidas definitivas.

Unidad III. LA ACTIVIDAD EJECUTIVA: 1. Fases de la Ejecución de sentencia: Voluntaria y forzosa. 2. Principio dispositivo e inquisitivo en la ejecución. 3. Naturaleza y características de la actividad ejecutiva. 4. Presupuestos de la ejecución. La acción ejecutiva. 5. Titulo Ejecutivo: títulos judiciales, títulos extrajudiciales. 6. Competencias del juez de ejecución. El juez ejecutor. 7. Interrupción e incidencias en la ejecución. Procedimiento y decisión. 8. Suspensión de la ejecución. 9. Posibilidad de intervención de terceros en la fase de ejecución. 10. Modos anormales de terminar el proceso de ejecución. Desistimiento. Transacción. Conciliación. Mediación. 11. La ejecución y el arbitraje. 12. Recursos en el proceso  de ejecución.

Unidad IV. LA EJECUCION PROVISIONAL Y LA EJECUCION FORZOSA: 1. Procedimiento de la ejecución voluntaria y forzosa. 2. Ejecución dineraria; depósito de bienes; remate; justiprecio; subasta y venta de bienes cancelación del precio de remate. 3. Ejecución no dineraria. 4. Ejecución de entrega de cosas. 5. Ejecución de condenas de hacer y de no hacer. 6. Procedimiento de liquidación de cantidades ilíquidas. 7. Ejecución de transferencia de propiedad y de cumplimiento o resolución de contratos. 8.

Unidad V: SENTENCIAS EXTRANJERAS: 1. Ejecución de sentencias extranjeras.  2. Tratados internacionales sobre reconocimiento y ejecución. 3. Tratados bilaterales. 4. Tratados Multilaterales. 5. Regímenes del Código de Procedimiento Civil. 6. La reciprocidad. 7. Procedimiento de exequátur.

Unidad VI. PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION ANTICIPADA: 1. Generalidades. 2. Procedimiento de la vía ejecutiva. 3. Procedimiento de intimación o monitorio. 4. Ejecución de hipoteca. 5. Ejecución de prenda. 6. Ejecución de créditos fiscales. 7. Juicio de cuentas. 8. Interdictos posesorios y prohibitivos. 9. Juicio de deslinde de propiedades contiguas. 10. Oferta real y depósito

Unidad VII. LA TUTELA DE EJECUCION DE INTERESES CONSTITUCIONALES: 1. Las garantías constitucionales.2. Jurisdicción constitucional.3. Tutela jurídica del amparo.4. Supremacía de la constitución.5. El amparo constitucional.6. Control concentrado de la Constitución.7.  Intereses difuso y colectivo. 8. Control difuso de la Constitución. 9. Revisión Constitucional. 10. Ejecución de las sentencias constitucionales. 11. Desacato a la autoridad. 12. Sanciones corporales y accesorias.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Atienza, Manuel: El Derecho como argumentación. Barcelona – España. Ariel, 2005.

Brewer-Carías, Allan: El amparo  en América Latina: la universalización del régimen de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y la necesidad de superar las restricciones nacionales. pp. 9-34.-- En: Ética y Jurisprudencia / Universidad Valle del Momboy, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Centro de Estudios Jurídicos Cristóbal Mendoza. Valera: Publicaciones UVM, 1 (enero-diciembre). 2003.

___________________ Las Garantías Constitucionales de los Derechos del Hombre. Editorial Jurídica Venezolana. Caracas. 1976.

Burgoa, Ignacio: El Juicio de Amparo, Editorial Porrúa, S. A., México, 1985.

Calamandrei, Piero: Instituciones de Derecho Procesal Civil según el nuevo Código. Trad. del italiano por Santiago Sentís Melendo. Estudios sobre el proceso civil. Editorial Bibliográfica Argentina. Buenos Aires. 1945.

Carnelutti, Francesco: Istituzioni del Processo Civile italiano, quinta edizione enmendata e aggiornata, Volumen I, publicado por Soc. ed. del Foro Italiano, Roma, 1956, traducido por Santiago Sentis Melendo, Ediciones Jurídicas Europa-América. Buenos Aires. 1956.

Carocca Pérez, Alex: Garantía Constitucional de la Defensa Procesal, Barcelona, España, José María Bosch Editor, 1998.

Casal H., Jesús María: Constitución y Justicia Constitucional. Publicaciones UCAB. Caracas.2004.

Catalá Comás, Chantal: Ejecución de condenas de hacer y no hacer. Editorial J.M. Bosch. Barcelona, España. 2001.

Carballo Piñeiro, Laura: Ejecución de condenas de dar. Editorial J.M. Bosch. Barcelona, España. 2001.

José Román Duque Sánchez: Procedimientos Especiales Contenciosos. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. 1981.

Falcón Enrique M.: Procesos de Ejecución. Volumen A. Editorial Rubinzal-Culzoni Editores. Buenos Aires. Argentina. 1988.

Fix-Zamudio, Héctor: La protección procesal de los derechos humanos, ante las jurisdicciones nacionales. Publicaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México. 1ra Edición. Madrid. Editorial Civitas, S.A. 1982.

Chiovenda, Giuseppe: Istituzioni di Diritto Processuale Civile. Volumen I. traducido por E. Gómez Orbaneja. Editorial Revista de Derecho Privado. Madrid, 1954.

Esparza Leibar, Iñaqui: El principio del proceso debido. Barcelona. España. Bosch Editor, 1995.

Gimeno Sendra, Vicente; Torres del Moral, Antonio y otros: Los derechos fundamentales y su protección jurisdiccional. Editorial Colex. Madrid. 2007.

Humberto Angrisano Silva: Tutela de la Ejecución Judicial. FUNEDA. Caracas. 2011.

Montero Aroca, Juan: Derecho Jurisdicción. Tomo I. Parte General, 10.a edición (con G. Colomer, Montón y Barona). Valencia, 2000.
_________________: Proceso y Garantía. Valencia. España. Ediciones Tirant lo Blanch, 2006.
­­­­­­­­­­­­­­_________________: Proceso (civil y penal) y Garantía. El proceso como garantía de libertad y de responsabilidad. Valencia. España. Editorial Tirant Lo Blanch, 2006.

Picó i Junoy, Joan: Las Garantías Constitucionales del Proceso. J. M. Bosch Editor. Barcelona, España. 1997.

Rengel Romberg, Arístides: Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano. Tomo IV. Caracas. Editorial Altolitho C.A., 2004.
_____________________: Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano. Tomo I. Caracas. Editorial Altolitho C.A., 2003.

Rifá Soler, José María y otros: Derecho procesal civil. Volumen II. Publicaciones del Gobierno de Navarra. 2da edición. Pamplona, España. 2011.

Rivas Adolfo Armando: El amparo. Buenos Aires. Ediciones La Rocca. 2003.

Véscovi, Enrique: Teoría General del Proceso. 2da edición. Santa Fe de Bogotá. Editorial Temis, 1999.












Programa Potestad Jurisdiccional


Descripción: http://portafoliomarmorales.files.wordpress.com/2011/12/logo-ucab.jpg
Universidad Católica Andrés Bello
Dirección General de Postgrado
Area de Derecho
Especialidad en Derecho Procesal Civil
Materia: Potestad Jurisdiccional
Profesor: Miguel Angel Martin T.
profmiguelangelmartint.blogspot.com/

PROGRAMA
 Objetivos Generales:

Que el cursante esté en capacidad de estudiar, distinguir, precisar, demostrar y aprender los lineamientos clásicos y modernos de la potestad del sistema judicial, para configurar su aplicación en el tratamiento de un derecho procesal moderno.

En este orden, el programa pretende entre otros objetivos, los siguientes:

A)    Demostrar: Que la potestad de la jurisdicción como forma de tutelar los derechos de los justiciables es una expresión del acceso a la justicia en forma efectiva.
B)    Estudiar: Los aspectos doctrinales, procesales y prácticos del proceso vinculados con el sistema judicial.

C)    Puntualizar: Que el derecho procesal tiene una base humana, cada día más cercana a la verdad material.

D)    Precisar: La potestad de la jurisdicción en el sistema jurídico y que la misma se acomoda al pronunciamiento de la verdad y al derecho, para satisfacer intereses sustanciales.

E)    Concretar: Las instituciones procesales básicas que rodean al sistema procesal frente a la jurisdicción.

F)     Distinguir: Las distintas formas como se presenta un proceso ante la jurisdicción y los principios que lo componen.

G)    Procurar: El establecimiento de un razonamiento atendiendo a los nuevos paradigmas.

H)    Precisar: Las respuestas de la jurisdicción con el fin de lograr el interés social.

Unidad I
REGLAS Y VALORES DEL DERECHO
1. Hacia un reencuentro de los valores superiores del derecho. 2. Principios Generales del Derecho. 3. Legitimidad de las normas jurídicas. 4. El examen y la aplicación de las normas jurídicas. 5. La legitimidad de la creación judicial del derecho. 6. Crítica y control del derecho judicial.
Unidad II
LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
1. La Teoría de la Argumentación Jurídica. 2. El Derecho como Argumentación Jurídica.

Unidad III
EL DERECHO PROCESAL Y LA JURISDICCION
1. El proceso como sistema de resolución de conflictos.2. El derecho procesal y la función jurisdiccional. 3. El ejercicio de la función jurisdiccional. 3.1. Actividad de enjuiciamiento. 3.2. Actividad de declaración. 3.3. Actividad de ejecución. 3.4. Actividad de aseguramiento. 4. La acción y la Jurisdicción. 5. Clasificación de la jurisdicción: a) Voluntaria o Graciosa; b) Contenciosa; c) Jurisdicción de Derecho; d) Jurisdicción de Equidad; e) Conciliación; f) Justicia de Paz y; g) Justicia Arbitral.

Unidad IV
EL PODER JUDICIAL Y SU ORGANIZACIÓN
1. Jurisdicción, Poder Judicial y Potestad Jurisdiccional. 2. El Tribunal Supremo de Justicia y demás órganos jurisdiccionales. 3. El sistema de justicia general. 4. El principio de la unidad jurisdiccional. 5. Poderes y deberes de los órganos jurisdiccionales. 6. Jurisdicción y otras funciones del Estado. 6.1. Crisis de la función jurisdiccional con la función administrativa. 7. Conflictos de jurisdicción y competencia.

Unidad V
EL DERECHO DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN
1. El Derecho de Accionar. 2. La Acción y el Derecho a la Jurisdicción. 2.1. Una definición del Derecho de Acceso a la Jurisdicción. 3. La Efectiva tutela judicial como expresión del Derecho de Acceso a la Jurisdicción. 3.1. De la Acción a la Tutela Judicial. 3.2. Derecho de acceso a la justicia. 4. Reconocimiento Constitucional del Derecho de Acceso a la Jurisdicción. 5. El Acceso a la Justicia como una Garantía Judicial. 5.1. La garantía de protección mediante recursos efectivos: el derecho y la acción de amparo y la acción de habeas data. 6. Características de la Efectiva Tutela Judicial. 6.1. El derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión. 6.2. Derecho de acceso a la Jurisdicción y el derecho a una resolución de fondo. 6.3. Derecho a una sentencia motivada. 6.4. Derecho a los recursos. 6.5. Derecho a la ejecución. 7. El Derecho a una efectiva tutela Judicial según el Tribunal Supremo de Justicia venezolano. 8. Cosa Juzgada.

Unidad VI
EL PROCESO JUDICIAL
1. Algunas Definiciones del proceso. 1.1. Una Definición del proceso. 2. Proceso y Procedimiento. 2.1. Una Definición de procedimiento. 3. Naturaleza Jurídica del proceso. 4. Estructura del proceso. 5. Objeto del proceso. 6. Función del proceso. 7. Principios del proceso.

Unidad VII
EL PROCESO CIVIL EFICAZ
1. El Pensamiento Político en el Sistema Oral. 2. La Oralidad y la Escritura para un proceso civil eficaz. 3. Una fase previa y un debate oral con una marcada interacción entre el juez y los sujetos procesales. 4. Elementos orales y escritos en la fase introductoria del proceso. 5. El uso de la tecnología en el proceso. 6. La fase previa en el proceso. 6.1. El despacho saneador. 6.2. Regulación del despacho saneador en Venezuela. 6.3. La Legitimidad, como presupuesto valido de un proceso judicial. 7. Métodos Alternos de solución de conflictos. 8. La prueba en los juicios orales. 9. La improponibilidad manifiesta de la pretensión. 10. El proceso como una expresión de la tutela eficaz.

Unidad VIII
LA TUTELA CONSTITUCIONAL
1. Sistemas de defensa de la constitucionalidad. 2. Concepto de la defensa constitucional. 3. Las garantías constitucionales. 4. Jurisdicción constitucional. 5. Los medios específicos de defensa de la constitución. 6. Ámbito de protección. 7. Tutela jurídica del amparo. 8. Supremacía de la constitución. 9. El amparo constitucional. 10. Control concentrado de la Constitución. 11. Control difuso de la Constitución. 12. Revisión Constitucional. 13. Cumplimiento de la sentencia de tutela constitucional. 14. Sanciones por desacato a la autoridad.


REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Aarnio, Aulis: Lo racional como razonable. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid, 1991.

Arguello, Israel: Pensamiento político de la oralidad. III Encuentro Latinoamericano de Postgrados en Derecho Procesal. Universidad Central de Venezuela. Centro de Estudios de Posgrado. Ediciones Homero. Caracas, 2010.

Atienza, Manuel: El Derecho como argumentación. Barcelona – España. Ariel, 2005.

Ayala Corao, Carlos: ”Ley de Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales”.

Brewer-Carías, Allan: El amparo  en América Latina: la universalización del régimen de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y la necesidad de superar las restricciones nacionales. pp. 9-34.-- En: Ética y Jurisprudencia / Universidad Valle del Momboy, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Centro de Estudios Jurídicos Cristóbal Mendoza. Valera: Publicaciones UVM, 1 (enero-diciembre). 2003.

___________________ Las Garantías Constitucionales de los Derechos del Hombre. Editorial Jurídica Venezolana. Caracas. 1976.


Burgoa, Ignacio: El Juicio de Amparo, Editorial Porrúa, S. A., México, 1985.


Calamandrei, Piero: Instituciones de Derecho Procesal Civil según el nuevo Código. Trad. del italiano por Santiago Sentís Melendo. Estudios sobre el proceso civil. Editorial Bibliográfica Argentina. Buenos Aires. 1945.

Cañizales P., Amadis: Introducción al Derecho Procesal Civil I. Editorial Karol. Mérida, 2003.

Cappelletti, Mauro: La oralidad en el Proceso Civil Italiano: idea contra la realidad. Libro Homenaje a Luis Loreto. Caracas. Ediciones de la Contraloría General de la República de Venezuela, 1975.

Carnelutti, Francesco: Istituzioni del Processo Civile italiano, quinta edizione enmendata e aggiornata, Volumen I, publicado por Soc. ed. del Foro Italiano, Roma, 1956, traducido por Santiago Sentis Melendo, Ediciones Jurídicas Europa-América. Buenos Aires. 1956.

Carocca Pérez, Alex: Garantía Constitucional de la Defensa Procesal, Barcelona, España, José María Bosch Editor, 1998.

Chavero G., Rafael: La Acción de Amparo contra Decisiones Judiciales. Fundación Estudios de Derecho Administrativo. Caracas. 1997.

____________________: El Nuevo Régimen del Amparo Constitucional en Venezuela. Editorial Sherwood. Caracas.2001.

Casal H., Jesús María: Constitución y Justicia Constitucional. Publicaciones UCAB. Caracas.2004.

Fix-Zamudio, Héctor: La protección procesal de los derechos humanos, ante las jurisdicciones nacionales. Publicaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México. 1ra Edición. Madrid. Editorial Civitas, S.A. 1982.

Chiovenda, Giuseppe: Istituzioni di Diritto Processuale Civile. Volumen I. traducido por E. Gómez Orbaneja. Editorial Revista de Derecho Privado. Madrid, 1954.

Couture, Eduardo: Fundamentos del Derecho Procesal Civil. Buenos Aires. Editorial de Montevideo, 2002.

Cuenca, Humberto: Derecho Procesal Civil. Tomo I. Caracas. Ediciones de la Biblioteca de la Universidad Central de Venezuela, 1994.

Devis Echandía, Hernando: Tratado de Derecho Procesal Civil. Tomo I. Ediciones Temis. Bogotá, 1961. 

Duque Corredor, Román: Apuntaciones sobre el Procedimiento Civil Ordinario.  Editorial Jurídica Alva, S.R.L. Caracas, 1990.

Escovar León, Ramón: La motivación de la sentencia y su relación con la argumentación jurídica. Caracas. Biblioteca de la Academia de Ciencias, Políticas y Sociales. Caracas, 2001.

Esparza Leibar, Iñaqui: El principio del proceso debido. Barcelona. España. Bosch Editor, 1995.

Gimeno Sendra, Vicente; Torres del Moral, Antonio y otros: Los derechos fundamentales y su protección jurisdiccional. Editorial Colex. Madrid. 2007.

Henríquez La Roche, Ricardo: Código de Procedimiento Civil. Tomo I.  Caracas. Ediciones Centro de Estudios Jurídicos del Zulia, 1998.
_________________________: Instituciones de Derecho Procesal. Caracas. Ediciones Liber, 2005.

Loreto, Luis: Ensayos jurídicos. Editorial Jurídica Venezolana, Caracas. 1987.

Mejías Arnal, Luis Aquiles: Comentarios a las Disposiciones Fundamentales del Código de Procedimiento Civil. Ediciones Homero. Caracas, 2009.

Miguel Angel Martín T.: El Derecho de Jóvenes en Venezuela y su Protección Judicial. Editorial: Vadell Hermanos Editores, C.A. Caracas. Año 2010.

Montero Aroca, Juan: Derecho Jurisdicción. Tomo I. Parte General, 10.a edición (con G. Colomer, Montón y Barona). Valencia, 2000.
_________________: Proceso y Garantía. Valencia. España. Ediciones Tirant lo Blanch, 2006.
­­­­­­­­­­­­­­_________________: Proceso (civil y penal) y Garantía. El proceso como garantía de libertad y de responsabilidad. Valencia. España. Editorial Tirant Lo Blanch, 2006.

Morello, Augusto y Berizonce, Roberto: Improponibilidad objetiva de la demanda. IX Congreso Nacional de Derecho Procesal, celebrado en la Plata. Argentina, 1981.

Ortells Ramos, Manuel: Formas del  Procedimiento y Garantías Fundamentales del  Proceso Civil. III Encuentro Latinoamericano de Postgrados en Derecho Procesal. Universidad Central de Venezuela. Centro de Estudios de Posgrado. Ediciones Homero. Caracas, 2010.

Ovalle, José: Teoría General del Proceso. Editorial Mexicana. Universidad Nacional Autónoma de México, 1991.

Peyrano, Jorge W.: Improponibilidad objetiva de la pretensión. IX Congreso Nacional de Derecho Procesal, celebrado en la Plata. Argentina, 1981.

Picó i Junoy, Joan: Las Garantías Constitucionales del Proceso. J. M. Bosch Editor. Barcelona, España. 1997.

Rengel Romberg, Arístides: Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano. Tomo IV. Caracas. Editorial Altolitho C.A., 2004.
_____________________: Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano. Tomo I. Caracas. Editorial Altolitho C.A., 2003.

Rivas Adolfo Armando: El amparo. Buenos Aires. Ediciones La Rocca. 2003.

Véscovi, Enrique: Teoría General del Proceso. 2da edición. Santa Fe de Bogotá. Editorial Temis, 1999.




jueves, 4 de septiembre de 2014

Donde se encuentra la Sociedad Civil

                         DONDE ESTA LA SOCIEDAD CIVIL
Cuando un país tiene dificultades, es frecuente la movilización de la sociedad civil;  llegando actores políticos a desconocer no solo su existencia, sino la legitimidad de su accionar. Incluso se ha cuestionado la forma natural como se presenta, por ello resulta importante evaluar esta figura, para entender las razones que hacen que ésta surja como un medio donde los ciudadanos se convierten en protagonistas y en un verdadero control de las actividades de los poderes que conforman el Estado.
Para comprender el sitial de la figura de la sociedad civil, debemos partir de la concepción de Estado, como una forma de organización de un sistema político que rige los destinos de una nación, y en este sentido el jurista, filósofo y politólogo italiano Norberto Bobbio, en su obra “Estado, Gobierno y Sociedad, por una Teoría General de la Política”,  nos enseña que la historia de las instituciones que conforman un Estado, se desarrolla a la luz de la doctrina de grandes pensadores, quienes construyen la noción de Estado, sustentado en los ordenamientos que frecuentemente se presentan en un sistema político determinado. Idealizando los pensadores, modelos de Estado de la siguiente manera: Hobbes con el Estado absoluto, Locke con la monarquía parlamentaria, Montesquieu con el Estado limitado, Rousseau con la democracia, Hegel con la monarquía constitucional, entre otros.
Un Estado abarca diferentes concepciones, como por ejemplo el de ser centralista, federalista o autónomo. El modelo de Venezuela previsto en la Preámbulo de la Constitución Nacional es el de un Estado de justicia, federal y descentralizado, es decir, que nuestro país es un Estado Federal y descentralizado que tiene como base esencial la justicia, noción que se ratifica en el artículo 4 de la Constitución, por lo tanto, cualquier actuación de los poderes públicos debe estar ajustada a estas nociones, la cual está consustanciada con la configuración de Venezuela como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia (art. 2°),  denominación que sigue la tradición del constitucionalismo contemporáneo, por ejemplo: la Constitución española (art. 1º), la Constitución de Colombia (art. 1º) y la Constitución de  la República Federal de Alemania (art. 20.1).
Cuando separamos las nociones que integran al  Estado venezolano, identificamos:
PRIMERO: La idea de un Estado Social, es la de un Estado con obligaciones sociales, de procura de la justicia social, lo que lo lleva a intervenir en la actividad económica y social, como Estado prestacional. Tal carácter social surge principalmente del valor fundamental de la igualdad y no discriminación, que deriva del Preámbulo y del artículo de la Constitución, que además de ser un derecho fundamental (art. 21) es el pilar de actuación del Estado (art. 2); y de la declaración del principio de la justicia social como base del sistema económico (art. 299).
SEGUNDO: El Estado democrático, que fundamenta toda la organización política de la Nación en el principio democrático. Ello deriva también del Preámbulo (sociedad democrática) y de los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Constitución. El primer valor, por tanto, del constitucionalismo venezolano es la democracia, quedando plasmado el Estado democrático en los principios fundamentales del texto constitucional, comenzando por la forma de ejercicio de la soberanía mediante mecanismos de democracia directa y de democracia representativa.
TERCERO: El Estado de Derecho,  que viene a ser un Estado sometido al imperio de la Ley, es decir, el Estado sometido a la legalidad. Ello se deriva no sólo del principio de la supremacía constitucional consagrado en el artículo 7 Constitucional, y del sometimiento de los órganos del Poder Público a la Constitución y las leyes (art. 137).
CUARTO: El Estado de Justicia, que implica que el Estado es quien debe garantizar la justicia, estableciendo no sólo el valor justicia en el Preámbulo y en el artículo 2 constitucional, sino regulando expresamente en el derecho de los ciudadanos de acceder a la justicia y a la obtención de una tutela efectiva de los derechos e intereses de las personas. (art. 26).
Ahora, como llegamos a establecer una relación del Estado con la Sociedad, siendo esto un punto neurálgico para verificar si el Estado cumple con sus deberes fundamentales y con base a lo previsto en el ordenamiento legal, circunstancia vital para determinar si un gobierno por medio de los distintos poderes actúa en democracia; lo contrario sería erigirse en gobiernos calificados como autocráticos, por su actuación al margen de la Constitución.
Ahora entramos en un punto donde se pueden llegar a calificar a los gobiernos como regímenes, como por ejemplo: La Autocracia, que lo conforman gobiernos que ejercen una “autoridad arbitraria” y el poder se concentra en un pequeño grupo de personas o en un solo partido político. Por ello, los gobiernos autocráticos pueden convertirse en “Regímenes totalitarios o autoritarios”. Un Régimen totalitario, que concentra el poder absolutamente en el aparato del Estado, permitiendo el control de todas las actividades de la ciudadanía, y que tiene la particularidad de formar un único partido político que no permite se contradigan sus órdenes y, un Régimen autoritario, donde se desarrolla un sistema de gobierno con un pluralismo político limitado, en el cual históricamente no existe un partido político oficial, sino varios partidos políticos que se acercan en sus intenciones o ideología, teniendo la particularidad que existe un jefe o un líder o un grupo de personas que tiene un mayor poder, cuya duración depende generalmente de la vida del jefe, del líder o del grupo de personas que controlan el poder.
Existe un punto de las dificultades de un país donde la sociedad civil se convierte en protagonista, siendo relevante verificar como se logra relacionar el Estado, los poderes y la sociedad, para lo cual es común escuchar en el devenir de la actualidad venezolana, el término de sociedad civil, que muchas veces se menciona como el catalizador de las actividades que ejecutan los poderes que conforman el Estado.
Para Bobbio, la expresión “sociedad civil”, es conocida como un término de la dicotomía entre Sociedad Civil y el Estado; se trata de términos que son opuestos y que se encuentran muy diferenciados entre sí. Incluso, autores calificados en  la materia, encuentran a la sociedad civil como el lugar donde se producen o desarrollan los conflictos económicos, sociales, ideológicos, donde el Estado por medio de los poderes constituidos tienen el deber de resolverlos por la vía de la mediación, prevenirlos, y en casos extremos reprimirlos mesuradamente. 
La Sociedad civil la encontramos en el espacio donde los ciudadanos convergen en sus actividades de vida, ya sea en forma pública o privada; se trata en suma de ciudadanos que se activan y se organizan libremente con una finalidad de promover y defender intereses generales, lo que permite que puedan ejercer una vocería que genera una presión para controlar las actividad de los poderes del Estado e impedir que los poderes abusen de la autoridad que les confiere la ley.
Generalmente la sociedad civil lo conforman personas o grupos iniciadores de redes de acción ciudadana, quienes deben tener como premisa, los valores democráticos,  y que pueden llegar a construir luchas por la defensa de derechos o reivindicaciones propias de la ciudadanía, creando espacios importantes para la concientización de las personas que tiene cargos de poder; siendo variadas las modalidades en que se activan los ciudadanos, incluso se pueden formar grupos organizados para temas de interés nacional, y generar una matriz de opinión o movilizaciones en contra de arbitrariedades y excesos o abusos de poder, ello por supuesto basado en realidades que padecen las personas.
               Cuando los ciudadanos se organizan para demandar correcciones, se pueden presentar en variadas formas: 1) Se convierten por ejemplo en defensores de la ley, creando organizaciones no gubernamentales, lo que comúnmente se llama ONG; 2) Se organizan las familiares de las víctimas de alguna situación que los afecta y que los vinculan entre sí; 3) Se forman organizaciones de protección de los derechos humanos; 4) Se crea una red de ciudadanos, por medio de expresiones que son innatas y que a su vez, poco a poco se organizan por la vía de la comunicación; 5) Se movilizan por medio de sindicatos de trabajadores, movimientos de gremios profesionales y en movimientos de carácter social. Es ahí donde encontramos una “Sociedad Civil”, que se enfrenta al aparato del Estado para controlar, contrarrestar, defender e impedir los abusos o excesos de poder.
               Ahora bien, cuando estos grupos de personas se activan como miembros de la sociedad civil y formulan demandas sinceras y realísticas a los padecimiento de los ciudadanos, y tienen en frente a un Estado basado en poderes públicos que se ejercen en democracia, las personas que se encuentran al frente de los poderes tienen el deber de escuchar sus demandas y reclamos y ponderar las soluciones posibles, y lograr el entendimiento; pero cuando se está en  frente de regímenes autoritarios, donde la disidencia es entendida como una afrenta, se desconoce esa vocería pública de los ciudadanos que se activan en la defensa de derechos e intereses generales, incluso se ha llegado a descalificarlos, oportunidad donde se crea irremediablemente una atmosfera de conflicto que puede llegar a deslegitimar o desconocer a la autoridad, y es en ese preciso momento, donde las instituciones se debilitan y pierden el contacto con la esencia de la justicia social, originando una desconfianza en los ciudadanos que puede conllevar a posiciones extremas para producir que sus reclamos sean atendidos.
Se han visto casos, donde los ciudadanos irrespetados se sumergen en una sumisión y  conformismo, producto muchas veces por el agotamiento que trae las negaciones de los poderes constituidos a los reclamos que formula la ciudadanía, y a partir de ahí la sociedad civil se convierte en el principal actor de un país, y en su justo momento conduce tanto a personeros de la vida pública como privada, y hasta a los organismos internacionales, a exigir los cambios necesarios de un sistema político o de la visión errada de los destinos de la Nación.
La historia del acontecer mundial demuestra que estos cambios a veces difíciles, por negaciones repetidas por parte de los poderes constituidos a los problemas que se le plantean, transforman la vocería de los ciudadanos que se inició con molestias, reclamos y demandas ante los poderes públicos, en acciones que pueden resultar fuera del tono que debe imponerse en sociedades regidas por una democracia, claro, esto producto del despertar de un pueblo, a tal punto que se llega a un momento da ebullición que puede producir los cambios que los ciudadanos reclaman para que la sociedad consolide una verdadera democracia; lo contrario, es decir, el silencio, el conformismo y la aceptación, producto del miedo a represalias o sanciones, puede llegar a generar una sociedad civil que igual que el Estado se convierte en anárquica, incluso más que el Estado, situación que se sale de control, toda vez que los poderes del Estado, devienen en una ilegitimidad, y por lo tanto las personas que gobiernan los poderes no son aceptadas, ni respetadas, lo cual con el tiempo trae un descontento generalizado en la población. Estimados lectores aquí llegamos a la anarquía de la Sociedad originada por un Estado sordo.
Esta situación inaceptable en sociedades modernas es originada generalmente por la falta de la separación de poderes, en virtud de que han cedido sus autonomías y han perdido el contacto con la realidad de lo que el pueblo aspira; lo cual afecta no solo el aspecto social de las comunidades que integran los ciudadanos, sino que también abrazan una desconfianza en generar productividad económica, necesaria para la nación ante la inseguridad e inestabilidad de un país y que nos obliga como país a proceder con humildad, tanto a los actores cuya vocería activan a la sociedad civil, como a las personas que detentan altos cargos de los destinos del país, por cuanto sería una cuestión de tiempo, para que los conflictos existentes en la sociedad y los padecimientos de los ciudadanos, conduzca a resultados gravosos para toda la nación.
Amables lectores, la sociedad civil organizada y con peticiones sinceras, surge a partir de los conflictos que atraviesa la sociedad, y negar su existencia y su importancia es un grave error, que conlleva a la intranquilidad e infelicidad de los ciudadanos que integran la comunidad, incluso de las generaciones futuras. 
La ironía es que los ciudadanos que activan la sociedad civil en sus formas, ya explicadas, como las familias de las personas afectas al poder constituido sufren los mismos padecimientos, por ello la sociedad civil nos pertenece a todos y debe ser reconocida, para comenzar a convertirnos en una gran nación, no por el poderío económico o militar, sino por el poder de la civilidad, de la hermandad, de una verdadera venezolanidad, Por ello podemos precisar que la Sociedad Civil en Venezuela es una realidad que no puede ser desconocida.

Miguel Angel Martin Tortabu
@miguelmartint