SIN LIBERTAD Y JUSTICIA: NO HAY ESTADO, NI DEMOCRACIA


Las generaciones de ciudadanos de una nación, viven realidades diferentes, lo que obliga a que el derecho se entienda con la comprensión de sus vivencias, sin que ello implique abandonar las premisas fundamentales de un estamento jurídico que se ha forjado a través de los años.



lunes, 15 de abril de 2013

Legitimidad del Estado y sus actuaciones.

El Estado tiene como deber la de ser un garante de la Constitución y las demás leyes de la República y sus actuaciones siempre deben estar enmarcadas en la ley, so pena del rechazo de los ciudadanos, comenzando una frontera entre la legalidad y la legitimidad, concepto último que infiere un grado de aceptación para procurar la necesaria confianza en un país y lograr el bienestar común.

El jurista mexicano Héctor Fix-Zamudio, quién tuvo una influencia marcada por el trabajo que realizara Piero Calamandrei, comienza a estudiar los mecanismos de defensa de la Constitución, expresando que tal defensa la componen todos los instrumentos jurídicos y procesales que están dados para conservar toda la normativa constitucional, así como para evitar su violación, además de lograr el desarrollo y la evolución de todas las disposiciones constitucionales.

No se trata de conservar las normas de rango constitucional, sino que se materialicen en la vida diaria de las personas, y no se convierta en una figura jurídica inalcanzable; precisamente el autor mexicano encuentra que la defensa de la constitucionalidad hace surgir la protección de la constitución y las garantías constitucionales.

En la protección de la constitución se encuentran todos aquellos instrumentos políticos, económicos, sociales y de técnica jurídica que han sido establecidos en la misma Constitución, para que los poderes públicos funcionen y a su vez se encuentren supervisados en aras de que las normas fundamentales sean respetadas.  

En el caso venezolano, la misma Constitución consagra diversas normas que le sirven de protección, y que igualmente garantizan su cumplimiento, pudiendo exigir los ciudadanos se acaten los derechos y que en algún momento se hayan violentados, no solo por los particulares, sino también por los órganos del poder público.  

Las instituciones que conforman el estado venezolano, tienen una doble condición en el ejercicio de su funcionamiento, primero, el deber de cumplir con la ley; y por otro lado, hacer cumplir la ley. Cuando el Estado actúa en estricto acatamiento a las leyes se cubre del manto de la legalidad y por ende de la legitimidad, a tal punto que están obligados en su proceder a garantizar a los ciudadanos una seguridad jurídica y, para ello deben realizar un control entre las instituciones para evitar que algún funcionario u organismo abuse del derecho o se exceda en sus atribuciones, circunstancias que de no presentarse, implican caer en el campo de la ilegitimidad, que a su vez se traduce en el desconocimiento de los ciudadanos de los órganos del Estado.  

Tal situación resulta peligrosa, porque puede tambalearse la estabilidad del Estado. Por ello es el mismo estado quien debe brindar las garantías necesarias para que sean respetadas sus actuaciones y asumir con humildad funcional la necesidad de un papel de Estado-Conciliador.    

Nota: Los criterios valorativos son de exclusiva responsabilidad del autor del Blogger Prof. Miguel Angel Martin. Se autoriza su difusión y reproducción citando la fuente. Caracas, 2013.



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